Póliza de Responsabilidad Civil
Existen dos coberturas importantes en las Póliza de Responsabilidad Civil:
- Daños a personas (Lesiones Corporales)
- Daños a la Propiedad Ajena
- Límite Único Combinado: Se determina un solo límite global para las coberturas de lesiones corporales y daños a la propiedad ajena, por evento o por accidente.
- Descripción
Descripción
Responsabilidad Civil Contractual:
Se trata de la situación en la que asegurado y perjudicado están unidos por una relación contractual que se incumple. En este caso, el alcance del daño puede ser conocido de antemano, o cuando menos estimado, y se desprende de los propios términos del contrato.
Responsabilidad Civil ExtraContractual:
Es la que no se desprende de la existencia de un contrato previo, sino que se origina por las distintas circunstancias de la vida de la persona asegurada o de las actividades de la empresa asegurada.
La particularidad más notoria de los seguros de responsabilidad civil es que el seguro no sólo se hace cargo de la indemnización de los daños causados al perjudicado, sino que facilita al asegurado la defensa civil, en donde puede incluso elegir el abogado que quiere que lo represente, tanto para el caso de que sea el reclamado como el perjudicado de un daño. También se obliga el asegurador a depositar las fianzas judiciales exigidas en tanto no se determine el alcance de su responsabilidad.
Patronal:
Es aquélla que nace cuando se causa un daño a los trabajadores de la empresa por negligencia demostrada del patrón. Sólo se puede acreditar esta responsabilidad en caso de que existan lesiones al trabajador o su fallecimiento.